Plazos máximos para la presentación de ITE en Sevilla | Primer informe o renovación


Los plazos máximos generales para la presentación del primer informe de Inspección Técnica de la Edificación, quedan fijados del modo que sigue:

· Edificios protegidos por el Planeamiento o construidos antes de 1904, o se encuentren entre 1904 y 1929, inclusivos, debieran haberla presentado antes del 6 de noviembre de 2009.

· Edificios construidos entre 1930 y 1954, inclusivos, hasta el 6 de julio de 2012.

· Edificios construidos entre 1955 y 1979, inclusivos, hasta el 6 de julio de 2012.

· Edificios construidos entre 1980 y 1994, inclusivos, hasta el 6 de julio de 2014.

· Edificios construidos desde 1994 deberán presentar el primer informe de Inspección Técnica dentro del año siguiente a aquel en que cumplan los 20 años de antigüedad.


VALIDEZ Y RENOVACIÓN DEL INFORME.

Al respecto, seguidamente se extrae el artículo 5.3 de la Ordenanza de I.T.E. publicada en el B.O.P. de Sevilla del día 16/nov/2011:

“.... Debiendo renovarse periódicamente dentro del año siguiente a aquel en que hayan transcurrido 10 años desde el vencimiento del plazo en que debió presentarse el anterior.”